Días de huelga, días de injusticia, coacción y tumulto.
Si existe es por mandato, decisión del poder del Estado vía legislación positiva concediendo a los trabajadores, en determinadas circunstancias y formalidades, muy a menudo ni siquiera atendidas, el privilegio, que no derecho, de imponer coactivamente el paro laboral sin consecuencias perjudiciales en su relación contractual con el empleador.
Podemos afirmar por tanto que no existe tal derecho, porque nadie debe tener derecho a la agresión gratuita y preventiva. Los que defienden la huelga estiman que la propia relación laboral es de por si lesiva para el trabajador, situado en un posición de inferioridad irresoluble respecto al empresario, y exigen una acción tuitiva por parte del ordenamiento jurídico, es decir, un Derecho especial del trabajo.

En una situación normal, respetuosa de la libertad, garante de los derechos de propiedad y del cumplimiento de los pactos contraídos, el trabajador que se vea sometido a condiciones no pactadas, lesivas, podrá demandar al empleador por incumplimiento contractual, solicitando medidas cautelares, que le amparen hasta el esclarecimiento de los hechos. Si son muchos los afectados, litisconsorcio activo voluntario, y poco más.
Cuando un trabajador pretenda modificar las condiciones contractuales vigentes y efectivamente activas, sugiriendo mejoras del tipo que sea, deberá intentar renegociar su contrato. No debe descartarse que se proceda a través de mandatarios, asociaciones, con formación y capacidad negociadora. En el acto mismo no le ampara el privilegio a no trabajar sin consecuencias, ni mucho menos a coaccionar, de la forma que sea, gratuitamente.
El trabajador en una economía pura de mercado tiene un gran poder. La tendencia es a que el paro desaparezca, sea voluntario, nunca forzoso o institucional, como si sucede en la economía intervenida. Basta con que abandone su puesto para poner al empleador en la dificultad de encontrar a otro, y del mismo modo, no le costará al trabajador díscolo recolocarse sin que transcurra demasiado tiempo. Es evidente que si la pretensión novatoria de contrato es apoyada por varios trabajadores, el ultimátum se reducirá al abandono masivo del puesto de trabajo, finiquitando el contrato y dejando al empleador sin mano de obra. Es evidente la fuerza del trabajador que entienda insuficientes sus condiciones de trabajo.

Como hemos dicho, no es justo que esos trabajadores puedan presionar sin trabajar y no perder desde el primer momento su puesto. En una economía libre el empleador queda exonerado de las obligaciones que se desprenden de un contrato rescindido unilateralmente por los trabajadores en el mismo momento de faltar a su obligación de prestar sus servicios en los términos contractuales, y viceversa.
Lo fácil es caer en la demagogia, en el matonismo, en el privilegio de algunos. Los sindicatos generan paro institucional con sus acciones y éxitos, su actividad somete a cientos de miles, millones si incluimos a los trabajadores de otros países menos desarrollados, a la exclusión, frustración, el hambre…
Todo lo que dicen conseguir, lo hacen a costa de la mayoría, fundando un sistema perverso causante del paro institucional que hoy padecemos en el occidente intervenido.
Dice Mises en la Acción Humana (p. 911): “El único e insoslayable método para elevar el nivel de vida de todos los trabajadores consiste, precisa e inequívocamente, en aumentar la productividad marginal del trabajo mediante el incremento del capital disponible a ritmo superior al crecimiento de la población”…
Saludos y Libertad!












