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Bandera inconstitucional, escudo ilegal

junio 19, 2008

Hoy he leído este titular: la bandera republicana no es ilegal.

 

Tras el arrebato reivindicador de los orígenes liberales de la bandera republicana, volvemos a la vida real, a poner un poquito de orden en lo que a constitucionalidad y legalidad de las banderas respecta. Aprovecho para pedirle a yosoyhayek que escriba sobre la Constitución de la II República y el liberticidio que supuso.

 

Aquí tenemos tres banderas, la tricolor republicana, la del escudo franquista y la rojigualda con el toro. Son numerosas las ocasiones en que los medios de comunicación caen en el error de referirse a la segunda, la franquista, como inconstitucional o preconstitucional.

 

Vayamos al artículo 4 de nuestra Constitución:

 

“La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla, roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas”.

 

No dice nada más. De las tres banderas que he expuesto solo hay una, la republicana, que no cumple dicha norma, con lo que la inconstitucional es la tricolor, las otras dos son perfectamente constitucionales.

 

¿Qué diferencia hay entonces entre la bandera franquista y la actual? El escudo. Pero la Constitución no habla en ningún momento del escudo, de hecho, el escudo oficial siguió siendo el franquista hasta el año 81 en el que se promulgó la Ley del Escudo, oficializando el actual. Dicha Ley a parte de describir una a una sus características, dice así:

 

        «Los distintos organismos públicos que utilicen el escudo de España dispondrán de un plazo máximo de tres años para sustituir el escudo hoy en uso.»

        «Se mantendrán los escudos existentes en aquellos edificios declarados monumentos histórico-artísticos. Igualmente se mantendrán en aquellos monumentos, edificios o construcciones de cuya ornamentación formen parte sustancial o cuya estructura pudiera quedar dañada al separar los escudos.»

 

La bandera franquista no es inconstitucional, ni preconstitucional, pero su escudo es ilegal, no puede ondear en los edificios públicos ni representar a España en los actos oficiales. Eso no ocurrió hasta el año 81, de hecho, en la portada de la Constitución aparece este escudo. Lo mismo sucede con la bandera republicana, salvo que ésta no sólo es preconstitucional, sino también inconstitucional.

 

Volvamos a la noticia, ninguna de las banderas expuestas arriba es ilegal en el sentido de que no se pueda salir a la calle con ellas o exponerla en tu casa o en donde te de la gana, pero sí que es ilegal que ondeen en edificios públicos y por supuesto que representen a nuestro país en cualquier tipo de acto. Solo ruego a los periodistas y tertulianos que hablen con propiedad y no intercambien los adjetivos que acompañan a estas banderas.

52 comentarios leave one →
  1. junio 19, 2008 8:50 am

    Uf, pides mucho. Llamar a las cosas por su nombre… Uf, uf, uf…

  2. LoRenzo SaLdaÑa permalink
    junio 19, 2008 11:46 am

    Por más que expliques esto no vas a conseguir nada…

  3. junio 19, 2008 12:31 pm

    Conste en acta, por lo menos… La coherencia puede que esté reñida con el éxito, o con la eficacia… pero nunca con la coherencia. 😉
    Muy bueno el Post, Liberand.
    Por cierto, lo de la II República, lo dejo en manos de Pio Moa, sinceramente, con un poco de criterio previo y sus libros se llega a conclusiones demoledoras. Por eso se le odia y desprestigia… no por las exageraciones que algunas veces utiliza, sino por las verdades y la documentación que maneja para elaborar sus trabajos. Así que, por ahora, entro otros, a él me remito (esto si que debe sentar bien en el gallinero, supongo, ;))
    Saludos!

    • rosa permalink
      abril 15, 2013 2:24 pm

      Si te vas a basar en Pío Moa, no hay más que decir…

  4. junio 19, 2008 12:41 pm

    Hace un tiempo que traté este asunto en una serie de post que tuvo bastante repercusión en la blogocosa. Por si te puede ser de ayuda aquí tienes los enlaces:

    http://untoqueliberal.blogspot.com/2007/04/sentencia-sobre-la-bandera-republicana.html
    http://untoqueliberal.blogspot.com/2007/04/lo-que-dice-la-sentencia-de-2003.html
    http://untoqueliberal.blogspot.com/2007/04/la-sentencia-sobre-la-bandera.html

    Tenia proyectada una cuarta anotación, pero por unas cosas y otras sigue en borrador.

  5. junio 19, 2008 1:22 pm

    La verdad es que solo quisiera decir una curiosidad. El RD 441/1981 por el que se establecen los colores de la bandera y el escudo es de 27 de febrero, justo el día en el que nací. Será el destino…

  6. junio 19, 2008 2:01 pm

    jeje, muy curioso David… Yo no tego preferecias, la verdad es que la tricolor es un poco fea, prefiero la constitucional, y en cuanto al escudo, lo mismo me da, aunque veo más oportuno, dada la estructura territorial del Estado, el escudo franquista, ;)jajaja
    Saludos!

  7. Paula permalink
    junio 20, 2008 12:52 am

    No estoy de acuerdo: la bandera tal y como estipula la Constitución no cuenta con ningún elemento que no sean las tres bandas de color. Todo lo que se salga de ahí ya no es constitucional, de hecho hasta la posición del escudo constitucional ha tenido que ser regulada por ley. Por tanto NINGUNA de las tres banderas es constitucional: ni la de la II República, ni la del pollo, ni la del toro de Osborne (moderno emblema nacional). Incluso los colores han quedado especificados según el sistema internacional CIELAB por el Real Decreto 441/1981 de 27 de febrero.
    Por otro lado y según la Ley 31/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas: «Se prohibe la utilización en la bandera de España de cualesquiera símbolos o siglas de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas»; ante esto la bandera del toro (emblema de Osborne) no parece que sea legal.

    El argumento para defender que la bandera franquista o la del toro son constitucionales porque el fondo «se ajusta» en colores y proporción de las bandas es bastante flojillo.
    Otra cosa muy distinta es que los periodistas sean tendenciosos, no sepan hablar con propiedad o no quieran hablar con propiedad, porque en este mundo guay de políticos y periodistas se puede decir bandera republicana pero no bandera franquista, porque es lesivo. Igual lo mejor es dejarse de tonterías y llamar a las cosas por su nombre.

  8. junio 20, 2008 11:52 am

    Paula, lo has clavado… puntillosa! como debe ser! Chapó!
    🙂 Un abrazo!

  9. junio 20, 2008 11:53 am

    Pero Liberando únicamente quería jugar con lo de «ilegal», «inconstiucional» y «aconstiucional», jejeje… no le busques las cosquillas 😉

  10. liberand permalink
    junio 20, 2008 1:37 pm

    Escocés: gracias por poner los enlaces!! 😉
    Paula: me reafirmo, la bandera del pollo no es inconstitucional, si lo preferimos podemos decir que son aconstitucionales, lo que está claro es que es ilegal, pero lo ha sido desde el el año 81, y la Constitución es del 78. Pero el adjetivo que más me repele es el de preconstitucional, yo no le tengo ningún apego a esa bandera, pero, coño! que hablan con propiedad!jeje.

    Un saludo a todos!! 🙂

  11. Paula permalink
    junio 20, 2008 4:37 pm

    Es el problema que tenemos en este país con los políticos por un lado y con los periodistas por otros. Hay un juego de manipulación insoportable por parte de ambos colectivos; independientemente del color que vistan.

    Estamos en la época de la degeneración de lo «políticamente correcto», que se ha convertido en «políticamente basura». Lo primero que se han llevado por delante es el llamar a las cosas por su nombre; ahora el «hablar con propiedad» (que vivan las miembras, las médicas y los ministros y ministras); miedo me da pensar en qué será lo siguiente.

    Por cierto, me he hecho un blog! Sólo tengo una entrada de bienvenida pero espero colgar algún post este finde. Estais invitados a venir un día de visita. La dirección es http://ventanasdemarineda.blogspot.com

    Saludos chicos!!

  12. junio 20, 2008 4:57 pm

    Por fin! Te pongo en nuestra lista ahora mismo. Espero grandes post que enlazar y dar a conocer en la blogocosa liberal!
    Saludos y bienvenida!
    Por cierto, abre todas las posibilidades de comentario; ahora para hacerlo hay que registrarse en blogspot y no es plan, jejeje, prometo comentar cuando liberes el blog 😉

  13. Paula permalink
    junio 20, 2008 9:36 pm

    Uy! torpeza mía!! todavía estoy cogiéndole el «tranganillo» al asunto …)
    Vuelve a pasarte en un par de días

  14. julio 1, 2008 1:23 pm

    Un simple detalle: Hay una ley que declara ilegales los símbolos de la dictadura, texto que afecta a la bandera en la que figura el escudo del águila. En puridad, la del águila no sería una bandera anticonstitucional, o inconstitucional, pero sí es ilegal; en tanto que la del toro sí es perfectamente legal.
    Dicho todo esto sin ánimo de entrar en otras disquisiciones y limitando el asunto a la dicotomia legal-ilegal.
    Saludos.

  15. Alejandro permalink
    septiembre 13, 2008 11:33 am

    Os digo una cosa para que lo sepais, la bandera fascista es ilegal por los ideales que representa en cambio la bandera republicana es legal porque sus ideales son todo lo contrario.
    Y el texto k expones el articulo 4 de la constitucion actual no es el que refiere a la ilegalidad de las banderas.

    Esto creo que os pueda interesar ( a mi me alegro el dia)

    Leo en el blog de Isaura Navarro, Diputada en en Congreso y compañera de Izquierda Unida, la siguiente noticia que me ha alegrado el día. Cito textualmente:

    [i][b]»La bandera Republicana es legal.[/b][/i]

    Exhibir banderas republicanas está amparado por los artículos de la Constitución que consagran la libertad ideológica y la libertad de expresión, según una sentencia de la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

    La sentencia, fechada el 15 de diciembre de 2003 y notificada el 14 de enero de 2004 a las partes, da la razón a IU, que denunció una resolución del Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid), gobernado por el PP, que ordenó retirar la enseña tricolor de un chiringuito montado por la coalición de izquierdas durante las fiestas patronales de julio de 2002.

    El tribunal estima que la citada resolución municipal «es contraria al ordenamiento jurídico, en cuanto vulnera los derechos fundamentales previstos en los artículos 16.1 y 20.1,a de la Constitución Española».

    [i][b]La simbología fascista es ilegal.[/b][/i]

    Por el contrario, la simbología fascista, tanto en banderas u otras formas, sí que es ilegal. Y lo es porque no les protegen los artículos y leyes referentes a la libertad ideológica o de expresión, sino todo lo contrario. Según un formalismo tan puro como absurdo, igual que es legal la ideología, expresión y militancia republicana debería serlo también la fascista. Pero esto no es así por una razón material, es decir, de contenidos: los fines republicanos y sus medios no tienen nada que ver con los fascistas.

    [b]Mientras que el republicanismo aspira a la democracia, la libertad y la paz, el fascismo es la negación absoluta de estos conceptos.[/b]

    salu2

    • Pepe permalink
      noviembre 30, 2011 1:20 am

      Poca idea… Es el separatismo promovido por los ideales de los perroflautas como tú lo que no concibe el fascismo. En Cuba deberías haber nacido…

    • Roberto permalink
      diciembre 26, 2011 4:39 pm

      En cuba,Venezuela,China,Irak,Libia,Marruecos…..todos ellos progresistas declarados y abanderados de la libertad porque esta claro que las dictaduras son siempre de derechas,por eso el tal Cerolo viene a luchar por la libertad a España en vez de quedarse en su pais Venezuela o ir a China o Marruecos,paises donde la homosexualidad tiene brutales castigos,pero claro es mas facil venir a dar por el culo aqui que no pasa nada que ir donde te pueden calentar el morro.Ahora la bandera y mañana sera que los coches,trenes y barcos sean de vapor y se ponen el titulillo de progresismo pero siempre miran hacia atras inculcando odio de memoria a hijos y nietos que ni siquiera vivieron esa etapa y ni olvidan ni dejan a los demas que tampoco la vivimos que la olvidemos asi nos sale gente como ZP con su abuelo el capitan Lozano al que no conocio y su hoja de servicios en el archivo de Segovia cuenta cosas que nada tienen que ver con lo que a ZP le han contado sus mas allegados de ese buen hombre que disparaba caramelos y vasos de granizada y que lo mismo se ofrecio para espiar a los de derechas en la republica que tiroteo a los socialistas en 1934 en las revueltas de los mineros,enviado por el gobierno de la republica(en ese año de derechas) y a las ordenes del general Franco.Mi abuelo lucho en la guerra en el bando republicano y gracias a que era un buen hombre(murio cuando yo tenia 22a) he crecido sin odios y con la libertad de escoger mis ideales politicos por lo que yo piense y no por lo que otros me han contado,soy del Madrid,del PP,me gusta mi bandera,me la trae floja la republica,El Rey no me molesta y me molesta mucho mas que todo eso qu en «IZQUIERDA HUNDIDA» o en el «PSOE»haya miles de ricos diciendo que hay que repartir la riqueza pero no la suya.Estoy cansado de debates tontos,quiero vivir bien,ganar dinero,sufrir poco y ni tirar el valle de los caidos ni las estatuas de franco me arreglan mis problemas y que un tonto como ZP llegara a presidente es muy grave,pero mas aun que 10,000,000 de españoles hayan aplaudido sus politicas basadas en traumas,odios y rencillas personales sin dedicar 1 minuto a problemas reales.
      LO SIENTO PERO TENIA QUE SOLTAR MI DISCURSO EN ALGUN SITIO

  16. diego permalink
    febrero 9, 2009 11:03 pm

    sabeis me e entrado por casualidad y estoy biendo cosas q no sabia pero ahi q reconocer una cosa importante respecto ala bandera franquista y es q es la mejor bandera q a exictido en españa y existira siempre ya q el pollo q es un aquila para la informacion de la gente espresa la situacion de un estado libre y con fuerza con esta bandera y este hipno no decimos nada y no somos nadie no se puede ni cantar es asqueroso y queria decir q deberian cambiarlo todo

  17. liberand permalink
    febrero 10, 2009 12:13 am

    Madre mía, quién te ha enseñado a escribir?

  18. anonimo permalink
    febrero 16, 2009 12:26 am

    «Diego», madre mia, vaya joya que tenemos contigo… nose por donde empezas, si por la ortografía o por el contenido. No empiezo porque son las 12 de la noche y me tengo que levantar pronto, pero quedate con que «hipno» no sirve mas que para hipnotizar.

    Saludos!

  19. Purple Heart permalink
    marzo 13, 2009 12:55 pm

    Aclarar lo primero de todo que la rojigualda del «pollo» (águila de San Juan de los Reyes Católicos) fue diseñada y adoptada por los franquistas en febrero de 1938 (sí, 1938), y no se quitó hasta octubre de 1981, pasados seis años de la muerte del dictador (¡¡¡toma transición a la democracia y Constitución de 1978!!!). Entre agosto de 1936 y febrero de 1938 la bicolor franquista llevó el mismo escudo que la tricolor republicana (parecido al actual -de octubre de 1981-,pero con corona mural y sin escusón dinástico). Los franquistas optaron por no recuperar el escudo anterior a abril de 1931: ovalado, partido en pal de Castilla y León (el de las rojigualdas del Ejército consistía en un aspa roja de Borgoña acolada a un escudo redondo cuartelado de Castilla y León). Debido al mito moderno de que el aspa roja de Borgoña fue la enseña de los carlistas decimonónicos contra la roja y amarilla de los liberales -mito arraigado, tontaina e inexacto donde los haya-, la gente suele ignorar, incluidos muchos que se las dan de liberales, que la roja y amarilla es la actual bandera española porque los carlistas así se lo exigieron a los militares golpistas en el verano de 1936. A los golpistas de julio de 1936 les daba relativamente igual la tricolor que la bicolor, pero necesitaban el apoyo del Requeté. Y hasta hoy. Y tras esta explicación histórica, iré al grano: nunca aceptaré la rojigualda. Es la bandera del enemigo.

  20. Beijost permalink
    julio 20, 2009 6:59 pm

    Te equivocas al decir que la republicana es inconstitucional, y que la franquista es legal, la vigente es la bicolor con el escudo de los borbones, la franquista por el mero hacho del escudo no es legal, con esto al igual que la republicana no quiero decir que sea ilegal, ya que todo español tiene derecho a mostrar cualquiera de la tres, y ademas segun tu teoria la bandera de la I republica sería legal no?
    saludos

    • julio 20, 2009 9:16 pm

      A quién estás respondiendo? Creo que el post está muy claro y lo que dices no es coherente con lo que en él se dice.
      Saludos!

  21. Xavixx permalink
    noviembre 1, 2009 4:52 pm

    Entonces esta bandera tambien es constitucional no?

  22. Rafa permalink
    diciembre 6, 2009 12:56 am

    Alquien podría decirme si es posible «validar» una bandera de la época franquista? Pongamos el ejemplo de una que tradicionalmente salga en una procesión y pudiera gozar de tal beneplácito administrativo. Gracias a todos.

  23. Alvaro A permalink
    enero 11, 2010 11:32 pm

    Un poco de LEGALIDAD:

    BANDERA DEL REAL DECRETO DE 28 MAYO 1785 (roja amarilla y roja) + ÁGUILA DE SAN JUAN = INCONSTITUCIONAL Sentencia judicial firme que lo califica como Apología Fascista TSJM (15/12/2003) contra los principios de la Constitución (Libertad, Igualdad y Democracia). Es ilegal portarla en lugares públicos.

    BANDERA SEGUNDA REPÚBLICA + ESCUDO DE LA SEGUNDA REPÚBLICA = CONSTITUCIONAL, se ampara en el art. 14 de la Constitución, bajo precepto de libertad de expresión. Legal mostrarla en cualquier lugar, obviamente no en lugar oficial, pues ahí debe estar la bandera correspondiente (la bandera de Almería no puede ondear en el balcón del ayuntamiento de Badajoz).

    El artículo no tiene ni un ápice de conocimiento jurídico.

    • enero 12, 2010 4:34 pm

      ¿Desde cuándo un TSJ declara la inconstitucionalidad de algo? La bandera con el aguilucho puede que sea carca, que huela a facha, pero como bandera, es perfectamente constitucional, dado que la constitución nada dice sobre el escudo que lleve la bandera, sino sobre sus colores y las proporciones de las franjas. Por eso la bandera republicana es Inconstitucional, ya que no se corresponde ni en colores ni en proporciones con la prevista en la CE de 1978.
      La bandera con el aguilucho fue la oficial hasta 1981, si no me equivoco. Dejo de serlo porque se cambio el escudo, nada más.
      Cualquiera que sea la bandera que quieras pasear por la calle, te sentirás amparado por un ordenamiento que, hoy por hoy, no persigue símbolos como el comunista o el nazi, efigies del Che, Stalin o Hitler, como si se hace en otros países europeos. Puedes llevar la bandera de España con aguilucho, con toro, puedes llevar la republicana, o si quieres, inventarte una. Haz lo que te plazca.
      Por cierto, el artículo 14 de la constitución es el de la igualdad ante la ley, creo que lo has confundido con el 16 (libertad ideológica y religiosa) o el 20 (libertad de expresión, entre otras).
      Saludos!

  24. Nacho permalink
    junio 2, 2010 3:47 pm

    Una pregunta,,, entendemos por edificio público un pub?? es que para el mundial de futbol todo esto está lleno de «franquistas» que van a salir con las banderas del águila y las pondrán en mi terraza para ver los partidos de la selección.
    ¿me meteré en un lio si ondean banderas con el águila en mi pub?,
    gracias. A ver si alguien me saca del problema. Si no me tendré que ir al cuartel a que me lo aclare algún guardia civil. Gracias.

  25. agosto 9, 2010 4:52 pm

    Como suele haber cierta confusión, no está de más saber cuál es el escudo de España, lo que significa, a que hacen referencia cada uno de sus cuarteles y que territorios se identifican a día de hoy con ellos.

    Escudo de España

  26. saray permalink
    enero 9, 2011 8:43 pm

    Buscando en internet sobre el tema, finalmente he acabado en esta página. Creo que hay confusión en torno a una serie de puntos:
    1. La constitucionalidad o no de la bandera no se fundamenta únicamente en el artículo 4, pues lo que este determina es la Oficialidad.
    2. Una bandera puede no ser oficial, y ser perfectamente legal y perfectamente constitucional, al no atentar ni contra las leyes ni contra los derechos y libertades expresados en la Constitución del 78.
    Por tanto, y según mi opinión, la bandera Republicana no es oficial, pero tampoco anticonstitucional, pues no vulnera la constitución con su mera existencia, en cambio, la bandera franquista, al haber sido adalid de un régimen totalitario en el que se carecían de derechos y libertades plenas, no es oficial, ni constitucional, ni legal.
    Aquí podríamos reserñar que en la II República se cometieron estos o aquéllos desmanes y que las libertades se confundían con el libertinaje, y que hordas rojas acosaban a las gentes de bien, pero dichas prácticas (si existieron) no estaban abaladas por el régimen Republicano ni por su Constitución; por tanto la bandera que los representaba no enaltece aquellos delitos.

  27. Profu permalink
    May 17, 2011 8:44 pm

    A todo esto, no sé si algo tiene que ver que la Constitución en su artículo 1.3 dice «La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.» y la bandera republicana es contraria en contenido a dicho artículo. por lo cual debería ser también incostitucional por ello.

  28. nonservium permalink
    agosto 24, 2011 3:06 pm

    Se sabe que hay cierta confusión entre las tres banderas, pero después de leer este post y los comentarios, opino que ningún artículo de la constitución puede ilegalizar la republicana. Y solo una cosa más, vosotros, fascistas, ¡iros a vuestra casa y no salgáis!

  29. jeronimooooooooooooo permalink
    agosto 30, 2011 1:15 am

    veo muy interesante estas reflexiones y me gustaría añadir las mías,
    en primer lugar creo que estamos abusando de el concepto de lo inconstitucional.

    De las banderas del principio solo hay una constitucional, y es la republicana, representa a un periodo constitucional concreto de la historia de españa (recogida en la constitución de 1931),
    la segunda no es constitucional porque no representa a ningún periodo constitucional, en este periodo estuvieron vigentes las leyes fundamentales del reino 1938-1977.

    lo que es anticonstitucional es usar cualquiera de las dos como enseñas nacional en cualquier acto público o institución publica a día de hoy, y la ley de memoria histórica (31/10/2007) va más lejos, exigiendo a los estamentos públicos la retirada de los símbolos franquistas de las instituciones, con algunas salvedades referidas al patrimonio cultural y religioso.

    con esto termino, a mi parecer «las banderas» no son inconstitucionales, su uso en determinadas circunstancias simplemente no es legal, por no representar la españa de hoy,(tampoco la del toro).

    un saludo pensadores.

  30. Diox permalink
    octubre 26, 2011 2:13 am

    Eso es mentira.. la republicana no es inconstitucional, solo que en la actualidad no es reconocida como bandera del reino de España… tu vas con una republicana por la calle y no es delito, es como si vas con una cubana o con una de la urss, en cambio vas con una bandera con el águila como escudo y si el policía no es un facha, yo te aseguro q no te atreves a sacarla a la calle mas!

    • octubre 26, 2011 9:49 pm

      La bandera constitucional es la que describe el artículo 4 de la constitución. Es la bandera de monarquía, la bandera del franquismo, de la restauración y de la primera república, pero no de la segunda. La de la segunda no es constitucional, lo cual no implica necesariamente que sea un delito mostrarla o portarla. Sí lo sería se se colgase en un edificio público suplantando la constitucional. De eso va el post.
      En cuanto al escudo, no lo hay constitucional, ya que la carta magna no dice nada al respecto. De hecho el franquista perduró hasta que se dictó la nueva ley del escudo, imponiendo el actual. De eso va el post.
      Portar o mostrar la bandera, constitucional, con el escudo franquista, un lazo negro, un toro, o lo que prefieras, no es necesariamente delito, ni ilegal, y poco importa lo facha que sea el policía que te pille haciéndolo.
      Saludos!

      • Diox permalink
        octubre 27, 2011 12:34 pm

        Pero con la ley de memoria histórica, prohibieron la exhibición de signos o símbolos que hagan referencia al franquismo, y si lo haces se considera delito,

  31. juan permalink
    febrero 26, 2012 5:25 pm

    La bandera franquista es inconstitucional por los valores que representa, que se tornan totalmente contradictorios con los de la España actual. No así la tricolor, que sólo representa una discordia respecto a los valores monarquicos.

    • febrero 26, 2012 6:44 pm

      La bandera constitucional es rojigualda, nada se dice de si ha de llevar escudo o no, y en su caso, de cómo ha de ser éste. La bandera no cambió en 1982, como tampoco lo hizo el escudo. Tuvimos la bandera con el escudo franquista hasta 1982. La única bandera realmente inconstitucional de las dos que mencionas es la tricolor.

  32. Pablo permalink
    marzo 10, 2012 6:37 pm

    Se dice bandera anticonstitucional, no porque en la constitución diga que es una bandera que va contra la constitución. Se dice porque representa cosas que son contrarias a la constitución, como el derecho a voto, por ejemplo.

    Del mismo modo que se la llama preconstitucional y no es porque en la constitución diga que es la bandera oficial de España antes de que apareciera la constitución, sino que la bandera franquista, efectivamente era la bandera oficial en España antes de la constitución.

    No todo tiene que decírnoslo la constitución, todo aquello que defienda ideales contrarios a la constitución actual es anticonstitucional y todo aquello que fuera oficial antes de la aparición de la constitución y dejara de serlo a partir de la constitución es preconstitucional, es así de simple.

  33. Raul permalink
    julio 16, 2012 5:05 pm

    Y se puede poner la bandera franquista en la venta de una casa particular ?

  34. Garibarde permalink
    agosto 18, 2012 2:09 pm

    Exhibir banderas republicanas es legal

    UCR

    Exhibir banderas republicanas está amparado por los artículos de la Constitución que consagran la libertad ideológica y la libertad de expresión, según una sentencia de la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que tuvo acceso Servimedia.

    La sentencia, fechada el 15 de diciembre de 2003 y notificada el 14 de enero de 2004 a las partes, da la razón a IU, que denunció una resolución del Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid), gobernado por el PP, que ordenó retirar la enseña tricolor de un chiringuito montado por la coalición de izquierdas durante las fiestas patronales de julio de 2002.

    El tribunal estima que la citada resolución municipal «es contraria al ordenamiento jurídico, en cuanto vulnera los derechos fundamentales previstos en los artículos 16.1 y 20.1,a de la Constitución Española».

    Según la sentencia, el Ayuntamiento ordenó quitar la bandera republicana porque, «atendiendo a la cantidad de personas que acuden al recinto ferial del Parque de Pradogrande durante la celebración de las fiestas, así como al consumo habitual de bebidas alcohólicas que tiene lugar en dicho recinto, la posibilidad de símbolos políticos puede generar eventualmente alguna situación de riesgo y de alteración del orden público que aconsejan la retirada de la bandera tricolor conocida como republicana del chiringuito que fue adjudicado a IU».

    Tras explicar que la coalición es una «formación política legalmente constituida y que respeta los valores democráticos, si bien es un movimiento social que propugna desde los mencionados valores democráticos la consecución de un estado de derecho federal y republicano», la sentencia señala que la citada prohibición de la bandera republicana dictada por el Ayuntamiento de Torrellodones «vulnera el derecho de IU a expresar y difundir libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, derecho reconocido de la Constitución, más aún cuando dicha expresión se realizaba de forma pacífica y respetuosa».

    El citado tribunal afirma que las razones del Consistorio para retirar la bandera tricolor «restringen gravemente el ejercicio de los derechos fundamentales», ya que «la simple manifestación y exhibición de una bandera republicana no puede entenderse que altere gravemente el orden público, que sí podría verse alterado, en cambio, por el consumo habitual y en grandes cantidades de bebidas alcohólicas en las fiestas».

    ————–

    En varias ocasiones nos preguntan si la bandera republicana que tantas veces exhibimos es legal. Entendemos que haya quien piense que no, por cuanto que la bandera oficial del Estado español es la bicolor roja y amarilla (o gualda, como dicen los/as cursis y no la Constitución en su art. 4.1), mientras que la tricolor fue bandera oficial también del Estado español durante la II República (art. 1 de la Constitución Española de 1931), y más por el hecho de que la bandera franquista con el águila (que simboliza al apóstol San Juan) y que los/as demócratas conocemos más comúnmente como «la del pollo» o «la gallina» sí que es ilegal, como también son ilegales las esvásticas y otros símbolos fascistas.

    La bandera republicana, o más exactamente segundorrepublicana, sí que es legal. Es la bandera que representa al republicanismo, y que fue oficial además de legal durante la II República. La Constitución de 1978, además de instituir una monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE) también garantiza la libertad ideológica (art. 16.1 CE) y la de los partidos (art. 6 CE), y por tanto garantiza el derecho a ser republicano/a, a expresarlo (art. 20.1.a) y a militar en partidos republicanos.

    Cierto es que la bandera republicana ya no es la bandera oficial del Estado español, y por tanto no debe usarse en actos oficiales del Estado o sus instituciones como si lo fuera, pero esto no significa que la bandera republicana no pueda usarse en otros contextos, por ejemplo en una caseta de feria, en el balcón de una casa o paseándola por la calle.

    Por el contrario, la simbología fascista, tanto en banderas u otras formas, sí que es ilegal. Y lo es porque no les protegen los artículos y leyes referentes a la libertad ideológica o de expresión, sino todo lo contrario. Según un formalismo tan puro como absurdo, igual que es legal la ideología, expresión y militancia republicana debería serlo también la fascista. Pero esto no es así por una razón material, es decir, de contenidos: los fines republicanos y sus medios no tienen nada que ver con los fascistas.

    Mientras que el republicanismo aspira a la democracia, la libertad y la paz, el fascismo es la negación absoluta de estos conceptos (cualquier estudiante de la ESO con lo que sabe de Historia puede ratificarlo, y por supuesto cualquier catedrático de Historia). La experiencia histórica del nazismo en Alemania, Mussolini en Italia o Franco en nuestro país es prueba de que el fascismo, en sus diferentes manifestaciones, y según grados, significa anulación del pluralismo político y la democracia, represión política de los demás partidos e ideologías, uso sistemático de la violencia, exclusión sociopolítica (y eliminación física incluso) por motivos de raza, etnia, ideológicos o de capacidad física o psíquica, y uso de la guerra como instrumento de política exterior.

    Dado que la Constitución de 1978 establece «como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político» (art. 1.1 CE) cualquier forma de fascismo es inconstitucional e ilegal precisamente por ir en contra del primero de los artículos de la propia Constitución. Y los constituyentes de 1978, y los diferentes parlamentos que desde entonces se han sucedido, no han sido ni son tan tontos como para dejarse engañar por un formalismo que, pretendiendo ampararse en la libertad ideológica y de expresión, incitase y se organizase precisamente para acabar con esas libertades y derechos y de paso con la propia Constitución y sus valores.

    Cualquier persona mínimamente formada sabe que ningún derecho es absoluto, sino que todo derecho ha de entenderse en su necesaria correlación con los demás derechos y el contexto social en que se ejercita. De este modo, el derecho a la libertad de expresión, por ejemplo, está limitado por el derecho a la seguridad, al honor, a la vida y a la integridad física, derechos que son reiteradamente violados por el fascismo cuando enarbola banderas referentes a contenidos racistas, xenófobos, homófobos o que exaltan periodos de la historia en los que se asesinaba a personas por sus ideas políticas.

    Nada de lo anterior ocurre sin embargo con el republicanismo y su bandera. La bandera republicana nos recuerda a la II República, cuya Constitución, la de 1931, garantizaba todos los derechos y libertades fundamentales en su Título III e incluso superaba en progresismo a la actual Constitución en alguno de sus puntos, como por ejemplo, en el art. 6, en el que cual decía la Constitución republicana: «España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional».

    Por tanto, ni esta bandera ni su ideología política pueden incitar a la violencia ni a desestabilizar el país, pues ningún ciudadano o ciudadana mentalmente sano se siente amenazado o amenazada al ver una bandera republicana en el mismo sentido en el que una persona inmigrante, o de raza no-blanca, u homosexual o demócrata sí que se siente al ver una bandera con la esvástica o la del pollo.

    Por tanto, la bandera republicana es legal y no es inconstitucional pese a no ser la bandera oficial del Estado (no podría ser legal e inconstitucional a la vez), precisamente porque, como dice la sentencia del TSJM, los únicos motivos para prohibir la exhibición de una bandera son que incite a la violencia, el racismo, la xenofobia u otras formas de atentar contra la dignidad humana, que es lo que hacen las banderas y símbolos fascistas y es precisamente todo lo contrario de lo que significa nuestra apreciada bandera tricolor. La confusión tiene lugar cuando se confunde lo oficial con lo civil: la bandera republicana no se puede utilizar en un acto oficial en lugar de la bandera bicolor, pero tampoco puede usarse en su lugar la bandera del Real Madrid o una de Harley-Davidson, pero en el ámbito civil, en una caseta de feria, en una sede de un partido, en un bar o en el balcón de una casa, las banderas republicanas, las del Real Madrid o las de Harley-Davidson son perfectamente legales porque respetan los Derechos Humanos, lo que no hacen las banderas fascistas, y por eso están prohibidas.

  35. Jose Luis Diaz Pastrana permalink
    marzo 7, 2013 8:27 pm

    La Unica Bandera Oficial de España es la Constitucional, no debe llevar ni escudo ni eanagrama,alguno,como bien refleja literalmente la Constitucion de 1978 .Articulo unico.y no añade que ninguna Ley o Decreto ponga en ella ningun simbolo

  36. marzo 12, 2013 9:12 am

    Interesante post. Deberiamos tener una nueva bandera…
    Saludos
    Aurora

  37. Joan permalink
    marzo 19, 2013 10:14 am

    ¡Hola!

    Acabo de firmar la petición al
    «Congreso de Diputados.:
    Prohibición total del uso de la bandera Española con el toro.» en Change.org.

    Me parece un tema muy importante, y me gustaría que tú también lo apoyases. Aquí está el enlace:

    http://www.change.org/es/peticiones/congreso-de-diputados-prohibición-total-del-uso-de-la-bandera-española-con-el-toro
    ¡Muchas gracias!

    Joan

  38. Roberock permalink
    marzo 26, 2013 3:39 pm

    Esto quien lo ha escrito el Tonto del pueblo? Los Jueces no te dan la razon fascista http://www.meneame.net/story/jueces-aclaran-exhibir-banderas-franquistas-ilegal-republicanas-legal

    • marzo 27, 2013 3:02 pm

      La bandera con el aguilucho no es fascista en sí misma. De hecho fue la bandera oficial hasta 1981. Exhibirla es tan derecho como hacerlo con la republicana, siempre y cuando se haga de manera no oficial. En cualquier caso, tomando exclusivamente la bandera, ésta no ha cambiado desde el franquismo, y sólo la republicana podría considerarse no constitucional. El elemento que distingue la bandera oficial actual de la de hace 32 años es el escudo, del que nada dice la constitución de 1978.

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